La prestación por hijo a cargo de la Seguridad es una asignación económica que se reconoce a aquellas familias que tienen a su cargo a menores de 18 años o mayores de edad con una discapacidad igual o superior a un 65%. 


La prestación por hijo a cargo establece un límite máximo de ingresos. 


Requisitos para ser beneficiario de la prestación por hijo a cargo:


Residir legalmente en territorio español.

No percibir unos ingresos superiores a 11.576,83 € al año. Esta cuantía se aumenta en un 15% por cada hijo o menor acogido a cargo, a partir del segundo, incluido este. En el caso de tener un hijo o menor con discapacidad no se aplica ningún límite de ingresos.

En el caso de las familias numerosas el límite económico de ingresos es e 17.423,84 € en el supuesto de 3 hijos o menores a cargo, incrementándose en 2.822, 18 € por cada hijo a cargo a partir del cuarto, incluido este.

Cuantía de la prestación por hijo a cargo:


La cuantía de la prestación depende del número de hijos a cargo y de si estos tienen alguna discapacidad.


291 € anuales para familias con 1 hijo a cargo.
582 € anuales para familias con 2 hijos a cargo.
873 € anuales para familias con 3 hijos a cargo.
1164 € anuales para familias con 4 hijos a cargo.

Para familias con hijos o menores de 18 años con discapacidad igual o superior al 33% la prestación es de 1000 € anuales. 

En el caso de familias con hijos mayores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 65% la prestación por hijo a cargo es de 4390,80 €.


La prestación por hijo a cargo se paga por semestres excepto en el caso de la modalidad de hijo mayor de 18 años con un 65% de discapacidad o superior que se abona mensualmente.


¿Quién cobra la ayuda por hijo a cargo en caso de separación o divorcio?

En el caso de padres separados o divorciados la Seguridad Social abonará la prestación a uno de ellos, determinado de común acuerdo y abonando la prestación al que la solicite.

En caso de falta de acuerdo se tendrá como beneficiario aquel progenitor que tenga concedida la guarda y custodia del hijo o menor.

Cuando exista una resolución judicial que dictamine una custodia compartida se abonará la prestación a los dos progenitores, de manera proporcional al tiempo que tiene estipulado de custodia del hijo o menor cada uno de ellos.

¿Cómo se tramita la prestación familiar por hijo a cargo?

Para solicitar la prestación económica por hijo a cargo deberás solicitar cita previa. Para ello puedes llamar al teléfono 901 10 65 70 o utilizar el servicio de cita previa que la Seguridad Social ofrece en Internet.


Una vez que tengas cita será necesario presentar la siguiente documentación: DNI o NIE original, certificado de empadronamiento, libro de familia, justificante de ingresos (nóminas, certificado del SEPE…), sentencia judicial con convenio regulador (en el caso de padres separados o divorciados) y certificado de discapacidad (en caso de tener un menor o mayor de edad con disminución).


La Seguridad Social tiene un teléfono de atención al ciudadano al que llamar en caso de duda, el 901 16 65 65. Es un número de teléfono común para todo el territorio nacional y funciona de lunes a viernes en horario ininterrumpido de 9 a 21 horas.

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